Justicia y Covid-19 una oportunidad perdida

Por su interés profesional, os informamos de la entrada en vigor el pasado día 16 de junio de 2019 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (BOE 16.03.2019). Podéis consultar el BOE, así como una reseña legislativa con las principales modificaciones procesales que comporta esta normativa, accediendo a los siguientes enlaces:

Un virus, el Covid-19 , se ha introducido en nuestra sociedad global y ha paralizado nuestra activad diaria , tanto a nivel personal como a nivel de trabajo, ocasionando una de las mayores crisis que se recuerdan, y que comportara una recesión económica importante.

Los sectores económicos han intentado no quedar paralizados en su actividad económica, algunos ya han implementado el teletrabajo en sus convenios, otros han desarrollado procesos de digitalización de sus empresas, la industria ha ido robotizando sus procesos industriales, consiguiendo en buena medida aminorar el grave daño económico que la epidemia conlleva.

Ejemplo son las entidades bancarias, que sin personal presencial en la oficina y con teletrabajo en sus casas, gracias a sus sistemas informáticos, te permiten disponer de dinero en los cajeros o pedir un préstamo, comprar acciones o invertir en un plan de inversiones a través de su web.

Los profesionales de la Justicia hemos de preguntarnos y analizar cada uno, aunque sea sucintamente, como ha respondido la Justicia ante esta epidemia, y si hemos hecho todos, lo que podíamos o nos hemos dejado llevar por la inercia de la gravedad del momento.

Hemos de recordar el gran esfuerzo que ha realizado la Administración de Justicia, en años de sequía económica, iniciando programas informáticos para facilitar la gestión procesal de todos los operadores jurídicos, jueces, abogados, procuradores, letrados administración Justicia, algunos de ellos tendentes a conseguir el expediente electrónico.

Si la administración de Justicia como los despachos de los operarios jurídicos, están altamente informatizados, hemos de preguntarnos qué ha pasado, para que una epidemia, en forma de coronavirus, haya paralizado el sistema judicial.

Esta guerra contra la pandemia, será larga, el Decreto de estado de alarma que ha entrado en vigor el pasado 14 de Marzo, conlleva restricciones de actividades y de movilidad que no son interpretadas de forma igual, llevando controversias, que pueden debilitar la lucha contra el Covid-19.

El Decreto de estado de alarma ha conseguido la paralización de la Administración de Justicia, protegiendo de esta forma la salud de todos los operarios jurídicos, solo por esto a mi entender ha valido la pena todos los esfuerzos y sacrificios que tendremos que hacer.

El posterior desarrollo del Decreto, que el Consejo General del Poder Judicial ha realizado en el ámbito de la Justicia, así como las adaptaciones que el Tribunal Supremo, los diferentes Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades autonómicas, las Audiencias Provinciales, Decanatos de Juzgados han ido coordinando junto a Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores ha intentado dar forma al Decreto del Gobierno, y ha dejado en mínimos la actividad judicial. Hemos pasado de unos mínimos presenciales por juzgado, a tener ese mínimo disponible cuando haga falta. Desde el punto de vista de la lucha contra la pandemia creo que ha sido acertado, pero los efectos económicos serán tremendos.

Las materias en donde puede haber actividad judicial según el Decreto del Gobierno central y que nos obligan a están atentos a los operarios jurídicos , en su mayoría pertenecen al ámbito de los Juzgados de Instrucción y de lo Penal, los de Vigilancia Penitenciaria, los de Menores, justamente los menos digitalizados , necesitan la notificación en papel, actos presenciales, llevar los escritos , asistencias físicas en la guardia, etc..

Obviamente están informatizados, pero con sistemas que no incorporan las mejoras de los programas de ejusticia y no están en contacto informático con los operadores jurídicos a través de las app.

El resto de materias que afectan a los Juzgados civiles, mercantiles o Contencioso administrativo tienen un buen desarrollo digital y sin presencia física de personal, podrían tener desarrollo, aunque las materias urgentes son mínimas las que permite el Decreto.

La Justicia está paralizada bajo mínimos por la epidemia, la mayor parte de operadores jurídicos en sus casas, sin poder hacer teletrabajo, sin tener un sistema que permita trabajar desde casa, con sus firmas digitales y en conexión con los operadores jurídicos que han de resolver. Sin producir, no porque no quieran, sino porque los responsables o técnicos no han previsto que pudiera pasar esto.

No se pueden iniciar procedimientos judiciales, ni presentar escritos a excepción de los urgentes que regula el Decreto. La explicación lógica es que no hay tramitadores y los escritos quedarán en sus buzones del juzgado, añadiéndose a los que estaban sin proveer. Las demandas , lo mismo, quedan presentadas en los Decanatos pero no se registran por falta de tramitadores, lo que puede producir acumulación de asuntos. Yo no lo veo igual, los profesionales cuando volvemos de las vacaciones de agosto, nos encontramos siempre con un gran número de notificaciones de los funcionarios que han trabajado en agosto. Lo vemos normal que alguien produzca en su trabajo.

Alguien puede pensar que hemos de ser solidarios en estos momentos. La solidaridad con la salud siempre. Pero hemos de avanzar y adaptarnos a las tecnologías, hemos de dar respuesta personal y ser consecuentes con las grandes inversiones realizadas en el ámbito de la Justicia, tanto por el Ministerio de Justicia, la Generalitat y los operadores jurídicos en nuestros despachos profesionales.

Este es el momento de que todos cambiemos el chip, que seamos solidarios con las inversiones que hacemos y nos demos cuenta que que podemos tener una actividad jurídica elevada, aunque no sea completa, en estos casos excepcionales de una pandemia.

Cuando regulemos en el futuro estas situaciones de crisis la solución no puede ser la actual, basada en dejar en mínimos la actividad judicial. Hemos de pensar en lo que puede funcionar y en lo que dejará de funcionar porque no hay más remedio. El objetivo sin duda ha de ser desarrollar tecnología para la función pública que les permita trabajar desde casa de forma coordinada entre los operarios jurídicos y que evite los devastadores efectos económicos que tendrá esta crisis.

Abogados y Procuradores hemos avanzado mucho en estos sistemas de digitalización jurídicos y podríamos tener una cierta actividad económica, en crisis como estas, si la administración de Justicia evoluciona y se da cuenta que el teletrabajo, los portátiles, los programas informáticos, las firmas digitales no solo sirven de forma presencial en el juzgado sino que pueden tener una gran eficacia si se dota a la función pública de los medios materiales oportunos y por convenio se permite en la Administración de Justicia otras formas de trabajo no presenciales ante estas situaciones extraordinarias.

Esta crisis puede hacer mejorar la Administración de Justicia, cambiemos la mentalidad y caminemos hacia formas de organización en el trabajo más flexibles, que permitan ante situaciones excepcionales no se paralice la Administración, es posible.

Jesús Millán Lleopart

Procurador de los Tribunales



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